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RESPUESTAS SOBRE LA DECLARACIÓN DE RENTA

RESPUESTAS SOBRE LA DECLARACIÓN DE RENTA

CALENDARIO

  • 4 de abril: Inicio campaña.
  • 27 de junio: Finaliza el plazo para domiciliar las rentas a pagar.
  • 2 de julio: Finaliza el plazo para las declaraciones a devolver.

NOVEDADES

  • No se envía el borrador por correo postal.
  • No se envían SMS con las referencias.
  • Se crea un nuevo anexo C, para recoger información con trascendencia futura.

OBLIGACION DE DECLARAR CON CARÁCTER GENERAL

  • Si hay un único pagador el límite son 22.000€.
  • Si hay diversos pagadores y el 2º y siguientes no superan los 1.500€. Límite 22.000€.
  • Si hay diversos pagadores y el 2º y siguientes superan los 1.500€. Límite 12.000€.
  • Si el rendimiento del capital mobiliario más las ganancias patrimoniales es superior a 1.600€.
  • Si las rentas inmobiliarias imputadas más los rendimientos de las letras del tesoro, más las subvenciones por adquisición VPO, son superiores a 1.000€.

En muchos casos el mínimo exento para declarar son 12.000€

Existen opciones que requieren declarar dependiendo quien sea el pagador, como por ejemplo en el caso de las anualidades percibidas por alimentos para los hijos y no haya resolución judicial, las pensiones compensatorias entre conyugues (con o sin resolución judicial), las empleadas del hogar y otros casos especiales. En caso de duda, mejor consultar.

Hay también importantes novedades en la declaración de las ventas de los derechos de suscripción de las acciones cotizadas en bolsa, o la forma de declarar las devoluciones de la banca en las llamadas “cláusulas suelo” según se hayan aplicado a desgravaciones en la vivienda habitual o como gastos en el caso de arrendamientos.

Es importante recordar que las indemnizaciones por despidos tienen un límite de exención máximo de 180.000€, pero es necesario que se haya efectuado conciliación en CMAC.

En caso de duda, antes de hacer erróneamente la declaración, consulte a un profesional. Recuerde que el UNICO RESPONSABLE es quien hace la declaración, aunque los datos provengan de Hacienda, y una declaración mal efectuada comporta recargos, sanciones e intereses elevados.

Estamos a su servicio en calle Jaume Balmes 8 de Sant Boi. Teléfono 93.630.05.61. www.novagestio99.com